AHORA: Cocina Abierta 11:00–12:00 VER EN VIVO

Código Penal: ¿Nos despertamos demasiado tarde?

Código Penal: ¿Nos despertamos demasiado tarde?

Falta poco más de un mes para que entre en vigencia la Ley 74-25, que instituye el nuevo

Código Penal dominicano, y de repente pareciera que el país acaba de descubrir su contenido.

Abogados, gremios profesionales, iglesias, organizaciones sociales y hasta ciudadanos

comunes expresan sorpresa por disposiciones que establecen penas severas para numerosos

delitos. Otros anticipan que acudirán al Tribunal Constitucional para intentar frenar o

modificar algunos de sus artículos, mientras el Congreso deja claro que no tiene intención de

revisar la legislación antes de su entrada en vigor, prevista para el próximo 3 de agosto.

La situación deja una sensación inevitable: estamos asistiendo, una vez más, a una vieja

costumbre dominicana. Dejamos que los asuntos importantes duerman durante años y solo

reaccionamos cuando el reloj marca los últimos minutos. Es la cultura del "después vemos", de

mirar hacia otro lado mientras el problema se acerca, hasta que finalmente nos alcanza.

Pero conviene hacerse una pregunta incómoda. Después de tanto escándalo y de tantas

preocupaciones expresadas en los últimos días, ¿dónde estaban todos esos sectores cuando el

Código Penal permaneció casi veinte años transitando por los pasillos del Congreso Nacional?

Durante dos décadas hubo tiempo suficiente para estudiar cada artículo, advertir sus posibles

consecuencias y presentar propuestas de modificación. Sin embargo, la impresión que queda

es que muchos despertaron cuando la ley prácticamente tiene un pie en la puerta.

Resulta llamativo observar cómo algunas instituciones parecen enterarse ahora del alcance de

determinadas disposiciones. El Colegio Médico Dominicano, por ejemplo, ha expresado

preocupación porque determinados casos de mala práctica médica podrían acarrear penas de

hasta veinte años de prisión.

Del mismo modo, algunos abogados han iniciado una especie de revisión pública, artículo por

artículo, advirtiendo sobre conductas que podrían ser castigadas severamente, incluso

acciones tan cotidianas como divulgar sin autorización mensajes privados enviados por

aplicaciones de mensajería.

Más recientemente, escuchaba la reflexión de un reconocido jurista que planteaba un aspecto

poco discutido del nuevo Código. Recordaba que una de las finalidades de la pena es procurar

la reinserción social del condenado.

Es decir, que quien delinque pueda regresar algún día a la sociedad convertido en un mejor

ciudadano. Pero se preguntaba qué sentido práctico tendría ese principio cuando una persona

recibe condenas acumuladas de cuarenta o sesenta años de prisión.

Si un joven de veinte años es condenado a sesenta años de cárcel, recuperaría su libertad a los

ochenta. ¿Cuál sería entonces el verdadero propósito de la rehabilitación? En esos casos, la

prisión deja de ser un espacio para reconstruir una vida y se convierte, sencillamente, en el

lugar donde transcurrirá prácticamente toda su existencia.

Este debate conduce a otra realidad ampliamente estudiada en criminología: el aumento de

las penas, por sí solo, no elimina el delito. La experiencia internacional ofrece numerosos

ejemplos. Existen países donde se aplica la pena de muerte y, aun así, continúan ocurriendo

homicidios. En otros, la corrupción pública se castiga con extrema severidad, incluso con

fusilamientos, y los escándalos siguen apareciendo. También hay naciones donde

determinadas conductas son castigadas públicamente con azotes y, pese a ello, la violencia

persiste.

La República Dominicana tampoco escapa a esa realidad. En los últimos años se han

endurecido las penas para diversos delitos, particularmente los feminicidios y la violencia de

género.

Sin embargo, las estadísticas continúan mostrando que decenas de mujeres siguen perdiendo

la vida cada año a manos de sus parejas o exparejas. Eso demuestra que combatir la

criminalidad requiere mucho más que aumentar años de prisión. Se necesita prevención,

educación, instituciones fuertes, investigaciones eficaces y un sistema judicial que actúe con

rapidez y certeza.

Nada de esto significa que el nuevo Código Penal no represente un avance en muchos

aspectos. Después de más de un siglo con una legislación desactualizada, era evidente la

necesidad de modernizar el derecho penal dominicano.

Sin embargo, precisamente por la trascendencia de esta reforma, el debate debió producirse

mucho antes y con una participación más amplia de todos los sectores involucrados.

Ahora el escenario parece trasladarse al Tribunal Constitucional, donde probablemente serán

impugnadas varias de sus disposiciones. Ojalá ese proceso contribuya a fortalecer la seguridad

jurídica y no ocurra lo que ha sucedido con otras leyes importantes que, después de múltiples

recursos, modificaciones y remiendos, terminaron perdiendo coherencia y eficacia.

Basta recordar la Ley de Partidos, Agrupaciones y Movimientos Políticos, cuya constante

judicialización ha dejado disposiciones prácticamente inoperantes.

of-am

Fuente original: AlMomento

NO TE PIERDAS NADA

Suscribete a nuestro boletin