Mediante el Decreto 403-2026, emitido este martes, el Poder Ejecutivo dominicano ordenó que una oficina pública no vuelva a exigir a personas o empresas un documento que ya repose en otra dependencia del Estado. La decisión apunta a que la administración use sus propios registros para validar requisitos, con menos visitas, copias y solicitudes repetidas para quienes gestionan servicios.
La disposición organiza un marco nacional para interoperabilidad y gobierno de datos públicos. De acuerdo con N Digital, ese esquema permitirá que los organismos conecten información, expedientes electrónicos y registros bajo criterios comunes de seguridad, oportunidad y formato, sin trasladar al usuario una búsqueda que el propio Estado puede hacer. También busca reducir duplicidades documentales, elevar la calidad de las bases oficiales y facilitar servicios digitales integrados. El enfoque deja el trámite más cerca de una validación interna que de una carga documental para el solicitante.
El Ministerio de Administración Pública queda como autoridad normativa. Sus tareas incluyen preparar reglas, protocolos y estándares; vigilar que las entidades los apliquen, y articular el comité que dará seguimiento a la implementación del sistema. La supervisión incluirá el cumplimiento de la norma en las instituciones llamadas a compartir información.
La OGTIC asumirá la operación tecnológica de la Plataforma Única de Interoperabilidad. Esa herramienta servirá para enlazar sistemas públicos, consultar datos entre instituciones y confirmar información oficial sin depender de constancias físicas presentadas por el ciudadano.
El mandato cubre organismos centralizados, descentralizados, autónomos, desconcentrados, de seguridad social y entidades estatales que manejen registros o servicios digitales. La aplicación será obligatoria para ese conjunto institucional. Ninguna dependencia pierde la responsabilidad sobre sus bases de datos, pero todas deberán conservarlas al día para que el intercambio funcione. La obligación alcanza también a plataformas y sistemas usados para servicios en línea.
Cuando un trámite necesite comprobar identidad, la coordinación deberá hacerse con la Junta Central Electoral, sin invadir sus atribuciones. La información del Registro Civil obtenida por esta vía solo podrá emplearse con propósitos válidos y relacionados con la función legal del organismo que la pide.
Con información de N Digital.
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