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Diputados revisan cambios sobre prensa, malversación y violencia

La Cámara de Diputados conoció este sábado nuevas redacciones dentro del proyecto de reforma del Código Penal. Los cambios tratados abarcan hostigamiento cibernético, violencia intrafamiliar, malversación de fondos públicos, acoso agravado y proxenetismo. Las propuestas forman parte de la revisión de la Ley Orgánica No. 74-25 antes de su entrada en vigencia prevista para agosto.

En el artículo 123, referido al hostigamiento cibernético, la propuesta mantiene prisión menor en un rango de dos a cinco años, junto con multas calculadas entre nueve y quince salarios mínimos del sector público. La sanción aplicaría a mensajes o publicaciones digitales amenazantes, insultantes, obscenas, deshonrosas o intimidatorias, cuando la conducta procure humillar, degradar, intimidar, aislar o lesionar la dignidad y la integridad moral de una persona.

La misma redacción agrega una salvedad para periodistas, ciudadanos, comunicadores y medios de comunicación que publiquen informaciones, investigaciones, opiniones, críticas o sátiras. Esa protección se limita al ejercicio legítimo de la libertad de expresión y del derecho a informar, siempre que el contenido trate asuntos de relevancia pública y esté apoyado en datos ciertos y comprobables.

Sobre violencia intrafamiliar, el texto distingue formas física, económica, patrimonial, verbal o psicológica, además de intimidación o persecución. Para las modalidades sin fuerza física, la propuesta parte de prisión menor entre dos y cinco años, con sanciones económicas equivalentes a nueve hasta quince salarios mínimos del sector público. Si hay empleo de fuerza física, la sanción subiría a prisión mayor de cinco a diez años y multas entre diez y veinte salarios mínimos. También se precisa que la educación de padres o tutores no constituye violencia cuando respeta el interés superior del hijo.

Otra modificación mantiene la figura penal de malversación de fondos públicos; para funcionarios o servidores que desvíen recursos estatales hacia usos no autorizados, prevé prisión mayor de cinco a diez años. En acoso agravado y proxenetismo, las propuestas elevan las consecuencias penales cuando existan víctimas vulnerables, relaciones de dependencia, uso de redes de comunicación, coacción u otras circunstancias agravantes descritas en los textos conocidos.

Con información de El Día.

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