La Cámara de Diputados conoció este sábado nuevas redacciones dentro del proyecto de reforma del Código Penal. Los cambios tratados abarcan hostigamiento cibernético, violencia intrafamiliar, malversación de fondos públicos, acoso agravado y proxenetismo. Las propuestas forman parte de la revisión de la Ley Orgánica No. 74-25 antes de su entrada en vigencia prevista para agosto.
En el artículo 123, referido al hostigamiento cibernético, la propuesta mantiene prisión menor en un rango de dos a cinco años, junto con multas calculadas entre nueve y quince salarios mínimos del sector público. La sanción aplicaría a mensajes o publicaciones digitales amenazantes, insultantes, obscenas, deshonrosas o intimidatorias, cuando la conducta procure humillar, degradar, intimidar, aislar o lesionar la dignidad y la integridad moral de una persona.
La misma redacción agrega una salvedad para periodistas, ciudadanos, comunicadores y medios de comunicación que publiquen informaciones, investigaciones, opiniones, críticas o sátiras. Esa protección se limita al ejercicio legítimo de la libertad de expresión y del derecho a informar, siempre que el contenido trate asuntos de relevancia pública y esté apoyado en datos ciertos y comprobables.
Sobre violencia intrafamiliar, el texto distingue formas física, económica, patrimonial, verbal o psicológica, además de intimidación o persecución. Para las modalidades sin fuerza física, la propuesta parte de prisión menor entre dos y cinco años, con sanciones económicas equivalentes a nueve hasta quince salarios mínimos del sector público. Si hay empleo de fuerza física, la sanción subiría a prisión mayor de cinco a diez años y multas entre diez y veinte salarios mínimos. También se precisa que la educación de padres o tutores no constituye violencia cuando respeta el interés superior del hijo.
Otra modificación mantiene la figura penal de malversación de fondos públicos; para funcionarios o servidores que desvíen recursos estatales hacia usos no autorizados, prevé prisión mayor de cinco a diez años. En acoso agravado y proxenetismo, las propuestas elevan las consecuencias penales cuando existan víctimas vulnerables, relaciones de dependencia, uso de redes de comunicación, coacción u otras circunstancias agravantes descritas en los textos conocidos.
Con información de El Día.
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