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Nuevo Código Penal: violar una orden de protección será castigado con 2 a 5 años

El nuevo Código Penal dominicano castiga con dos a cinco años de prisión a quien viole una orden de protección, figura que pasa a ser un delito independiente. La procuradora general de la República, Yeni Berenice Reynoso, dijo que la infracción dejará de tratarse únicamente como una agravante con la entrada en vigencia de la nueva norma.

«Si solo la violentó, el nuevo Código Penal establece una condena de dos a cinco años de cárcel, aunque pudiera existir concurso con otros delitos», afirmó la magistrada.

Reynoso advirtió que quien viole la orden y después cometa un feminicidio incurrirá en feminicidio agravado, cuya condena puede superar la pena establecida para el delito. La agravante se configura cuando el hecho ocurre tras la violación de la medida.

En la nueva legislación, esa medida de protección o de alejamiento tiene carácter provisional y cautelar: la impone un tribunal para impedir que las agresiones ocurran o se repitan, en favor de la víctima, actual o potencial, y contra la persona imputada o denunciada, por el tiempo que el juez estime necesario.

La medida aplica en casos de violencia doméstica, intrafamiliar o de género, de acoso en cualquiera de sus formas y de violación u otros delitos sexuales, así como en otros casos previstos en la norma. También puede dictarse contra miembros de la familia y contra personas con las que la víctima conviva o haya convivido, o con quienes tenga hijos en común.

Cuando la medida la dicte un tribunal dentro de un proceso penal, su vigencia mínima será de tres meses y se renovará de forma automática hasta que haya sentencia definitiva e irrevocable. La finalidad de la medida es prevenir la comisión o la repetición de nuevas agresiones. Reynoso destacó, además, que la norma incluye una protección especial para las mujeres.

Con información de El Día.

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