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TC confirma criterios para repartir fondos a los partidos y el orden de la boleta de 2028

El Tribunal Constitucional (TC) dio el visto bueno a los criterios que el Tribunal Superior Electoral (TSE) fijó para asignar los fondos públicos a los partidos, agrupaciones y movimientos políticos y para ordenar las boletas electorales. El fallo fue dado a conocer por el organismo constitucional.

Los partidos Justicia Social (JS), Unidad Nacional (PUN) y Opción Democrática (OD) vieron rechazados tanto su recurso de revisión constitucional como su pedido de suspensión de ejecución de la sentencia del TSE.

El criterio ratificado es el de la sentencia TSE/0010/2025, del 10 de junio de 2025, que fija una lectura renovada del artículo 61 de la Ley 33-18, la norma que regula el reparto de la contribución económica estatal entre las organizaciones políticas reconocidas.

En la práctica, el fallo ordena sumar al segmento del 8 % a todas las organizaciones reconocidas antes del último ciclo electoral que sigan conservando su personería jurídica, incluso si no compitieron en la pasada contienda o si no lograron los porcentajes que fija la norma.

Además, la alta corte ordenó a la Junta Central Electoral (JCE) emitir nuevas reglamentaciones sobre la categorización de los partidos, el reparto del financiamiento público y la numeración de las boletas de 2028.

La sentencia modifica también el criterio con el que se mide la fuerza electoral de cada organización: en vez de mirar únicamente los comicios donde cada una logró su mejor votación, se considerará el ciclo electoral completo, que abarca siete niveles. Igualmente, cambia la interpretación de «última elección», que hasta ahora remitía a los comicios congresuales y presidenciales de mayo, para tomar en cuenta ahora todo el ciclo electoral completo.

La mayoría de los magistrados aprobó la sentencia, con votos salvados de Amaury A. Reyes Torres y José Alejandro Ayuso y la disidencia del magistrado Manuel Ulises Bonnelly Vega.

Con información de AlMomento.

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