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TC declara inconstitucional decreto que limita horario de venta de alcohol

El Tribunal Constitucional anuló este martes el Decreto 308-06, norma que desde hace dos décadas fijaba límites a la comercialización de alcohol en establecimientos como cafeterías, salones de baile, salas de juego, licorerías y locales de ocio nocturno. El fallo sostiene que la medida operó por tiempo ilimitado sin que mediara una ley que le diera sustento, como lo demanda la Carta Magna.

Mediante la sentencia TC/0689/26, fechada el 28 de julio, la alta corte acogió la impugnación por inconstitucionalidad que interpuso el ciudadano Víctor Eddy Mateo Vásquez. Los magistrados admitieron que mantener el sosiego público y resguardar a los ciudadanos persigue una meta constitucional válida; no obstante, resolvieron que la disposición fracasa la prueba de proporcionalidad al haberse impuesto de manera perpetua, convirtiéndose de facto en una veda sin fecha de caducidad.

A pesar de la declaratoria de inconstitucionalidad, el TC determinó que la pieza siga rigiendo durante un bienio contado desde la comunicación del dictamen, con el fin de impedir que se genere un hueco jurídico. Paralelamente, emplazó al Poder Legislativo a que en ese intervalo produzca una ley nacional que reglamente los períodos de despacho de bebidas con graduación alcohólica. El pronunciamiento puntualiza que el jefe del Ejecutivo puede emitir disposiciones sobre el orden público exclusivamente para escenarios puntuales y transitorios; las limitaciones amplias y duraderas han de originarse en el Congreso.

La responsable del Ministerio de Interior y Policía, Faride Raful, confirmó que la administración se plegará a lo dictaminado por el tribunal. En su perfil de la plataforma X escribió: «Respetamos y acatamos su decisión. Al mismo tiempo, acompañaremos al Congreso y escucharemos a la sociedad para construir una normativa moderna, efectiva y acorde con las necesidades del país».

La regulación, en vigor desde 2006, vedaba vender bebidas alcohólicas pasada la medianoche de domingo a jueves, mientras que los fines de semana el límite se corría hasta las dos de la madrugada del sábado y el domingo. Su texto incluía penalidades como la suspensión parcial o la cancelación definitiva del permiso de los negocios que la transgredieran.

Raful afirmó además que la administración mantendrá sin variación su prioridad de velar por la integridad física, la seguridad colectiva y el clima de sana coexistencia, en tanto el trámite parlamentario defina las nuevas reglas que habrán de aplicarse en todo el país.

Con información de Diario Libre, El Día y AlMomento.

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